Ley 26.639 de GLACIARES Y AMBIENTE PERIGLACIAR (Media sanción en senadores)

 MODIFICACIÓN DE LA LEY 26.639 PRESUPUESTOS MINIMOS PARA LA PROTECCIÓN DE GLACIARES Y AMBIENTE PERIGLACIAR

El Congreso comenzó este jueves 26 de febrero, a tratar cambios en la ley de Glaciares, una norma que protege los glaciares andinos, para desbloquear inversiones de empresas mineras, modificaciones que los ambientalistas ‌consideran que comprometen el acceso al agua.

El proyecto, que obtuvo ayer media sanción en el Senado, fue impulsado por el presidente Javier Milei, que ya otorgó beneficios fiscales, cambiarios y jurídicos a las mineras a través de un régimen especial de inversiones conocido como RIGI, que logró atraer a ​gigantes como Glencore Plc, BHP y Lundin Mining.

El Gobierno busca reactivar la Cámara de Diputados a mediados de marzo con Glaciares y Universidades

El Ejecutivo trabaja sobre dos fechas tentativas para convocar a sesión -los jueves 12 y 19 de marzo- y planea votar los temas por separado. Prepara reuniones con aliados para definir la hoja de ruta y un nuevo encuentro de la mesa política.

El Gobierno busca reactivar el recinto de la Cámara de Diputados a mediados de marzo con el tratamiento de los cambios a la Ley de Glaciares y la nueva Ley de Financiamiento Universitario. En Nación trabajan sobre dos fechas tentativas para convocar a sesión: los jueves 12 y 19 de marzo.

La Casa Rosada celebró la semana pasada la sanción de la ley que bajó la edad de imputabilidad a los 14 años y de la reforma laboral y ya trabaja en sus promulgaciones. En Balcarce 50 creen que podrán sostener los apoyos de los bloques aliados -como PRO, UCR y federales dialoguistas- durante los primeros meses de 2026.

El Gobierno apuesta a que los cambios sobre la Ley de Glaciares obtengan sanción completa antes de abril y no descarta una convocatoria a los gobernadores de provincias mineras. La iniciativa ya logró media sanción en el Senado -con 40 votos afirmativos y 31 negativos- y sostiene que cuenta con los votos para completar su tratamiento.

El proyecto modifica la autoridad de aplicación y habilita a las provincias -con excepción de las áreas protegidas por la Ley 22.351 de Parques Nacionales- a identificar, con base técnico-científica, los glaciares y el ambiente periglacial que cumplan funciones hídricas estratégicas. La oposición anticipa cuestionamientos judiciales.

El segundo eje será la nueva Ley de Financiamiento Universitario, que el Ejecutivo envió al Congreso en febrero para modificar la norma vigente, hoy judicializada. El proyecto oficial establece una recomposición salarial en tres tramos del 4,1% para docentes y no docentes, elimina la actualización automática por inflación y condiciona la revisión de gastos de funcionamiento a que el IPC anual supere el 14,3%.

En la Casa Rosada aseguran que cuentan con los votos para la media sanción en Diputados y hablan de un piso de 131 adhesiones. En Balcarce 50 advierten también que intentarán impulsar cambios sobre la Ley de Emergencia en Discapacidad en medio de las tensiones judiciales que impulsaron su reglamentación.

Qué dice la norma

Según la Ley 26.639 (o ley de glaciares), se encuentran prohibidas ciertas actividades productivas para preservar glaciares y el ambiente periglaciar como reservas estratégicas de recursos hídricos para cumplir ciertas funciones (entre otras, la de “atractivo turístico”). Se trata de un “presupuesto mínimo de protección” que el art. 41 de la Constitución autoriza a dictar a la Nación.


La norma también creó el Inventario Nacional de Glaciares, que relevó 16.968 cuerpos de hielo en la cordillera de los Andes, con una superficie cercana a los 8.484 kilómetros cuadrados, un informe elaborado por el Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (Ianiglia). El instituto dijo en un comunicado que no había sido informado o consultado sobre los cambios a la ley.

En Mendoza hay un tercio del total, 4172  GLACIARES Y AMBIENTE PETRIGLACIAR

GLACIARES de escombros y AMBIENTE PERIGLACIAR Vemos como brota el agua de la roca...




*¿Conoces los glaciares de Uspallata?*

https://www.instagram.com/reel/DVHLT2bkpqL/?igsh=eTNkcmgyYTd0a2Zn



Por Aldo Rodríguez Salas, quien además de los consabidos art. 41 de la CN y el art 3 del Acuerdo de Escazú, nos recuerda la Opinión Consultiva 32/2025 de la Corte Interamericana de DDHH que obliga a diligencia reforzada en la protección del ambiente.

https://www.elmedio.com/analisis/2026/2/25/la-reforma-de-la-ley-de-glaciares-cuando-acecha-la-maldad-12181.html




Reforma

La reforma incluye una serie de cambios que, según ambientalistas, diluirán las protecciones a los glaciares, aunque las mineras y otros actores consideran ​que brindarán precisiones para avanzar con inversiones que convertirían al país en un proveedor clave de cobre y litio, metales con creciente demanda por ‌la transición energética.

Una de las principales modificaciones consiste en delegar en las provincias la definición ​de los estándares para preservar los glaciares y el ambiente periglacial, ​que incluye cuerpos de hielo cubiertos por fragmentos de roca que pueden constituir una reserva hídrica estratégica.

“La minería moderna puede operar en zonas cordilleranas sin afectar reservas hídricas, gracias a la planificación, la ingeniería y el monitoreo permanente”, dijo la Cámara Argentina de Empresas Mineras (CAEM) en un comunicado.

 

Carta a diputados por Mendoza, preguntas orientadas a conocer el grado de análisis, evidencia y participación pública que fundamentarán su decisión legislativa sea cual fuese la misma.


PEDIDO DE INFORMES A DIPUTADOS 

Mendoza, 2 de marzo de 2026

 

Sra Llanos, Mercedes

 Diputada Nacional por la Provincia de Mendoza

Honorable Cámara de Diputados de la Nación Argentina

De mi mayor consideración:

Me dirijo a Ud. en mi carácter de ciudadana de la Provincia de Mendoza,

 y en ejercicio del derecho de acceso a la información pública ambiental consagrado

en el artículo 41 de la Constitución Nacional, Ley General del Ambiente N.º 25.675, Ley de Acceso a la Información Pública Ambiental N.º 25.831, Acuerdo de Escazú (Ley 27.566), y los principios de transparencia, participación y no regresión ambiental, para solicitar información precisa, completa y documentada respecto del proyecto de modificación de la Ley de Presupuestos Mínimos para la Protección de Glaciares y del Ambiente Periglaciar (Ley 26.639), actualmente en tratamiento legislativo.

Dado que la votación de dicho proyecto puede tener impactos ambientales, sociales, económicos y climáticos de gran relevancia para el país y para nuestra provincia, ruego me informe sobre las preguntas que de continuo le dirijo orientadas a conocer el grado de análisis, evidencia y participación pública que fundamentará su decisión legislativa sea cual fuese la misma.

1. Sobre el conocimiento técnico del proyecto que se votará

1.1. ¿Podría detallar cuáles son las modificaciones específicas que introduce el proyecto respecto de la Ley 26.639?

1.2. ¿Qué definiciones de “glaciar”, “ambiente periglaciar” y “área de influencia” adopta el proyecto y en qué difieren de las vigentes?

1.3. ¿Qué actividades quedarían habilitadas en zonas actualmente protegidas y cuáles quedarían prohibidas?

2. Sobre el impacto ambiental y la evidencia científica utilizada

2.1. ¿Utilizó algún estudios científicos, técnicos o hidrológicos para evaluar el impacto de la modificación propuesta?

2.2. ¿Desde el Poder Ejecutivo o en alguna de las comisiones del propio Senado se solicitó informes al IANIGLA, CONICET, universidades públicas u organismos provinciales especializados?

2.3. ¿Puede indicar si el proyecto incorpora los principios de precaución, prevención y no regresión ambiental? En caso afirmativo, ¿cómo se garantiza su cumplimiento?

3. Sobre el cumplimiento del Acuerdo de Escazú

3.1. ¿Sabe si acaso se implementó alguno de los mecanismos de participación pública previa se implementaron conforme a los artículos 7 y 8 del Acuerdo de Escazú?

3.2. ¿Se realizó alguna evaluación de impacto en derechos humanos de defensores ambientales?

3.3. ¿Qué medidas de transparencia activa se adoptaron para garantizar el acceso a la información ambiental relevante antes del tratamiento legislativo?

4. Sobre acceso a la información pública ambiental

4.1. ¿Qué documentación técnica, informes, dictámenes o antecedentes utilizó para formar su posición respecto del proyecto?

4.2. ¿Puede remitir copia de los estudios de impacto acumulativo sobre glaciares y ambiente periglacial en nuestra provincia?

4.3. ¿Solicitó información sobre proyectos mineros, hidrocarburíferos o de infraestructura que podrían verse beneficiados por la modificación?

5. Sobre riesgos para la provincia y su población

5.1. ¿Qué análisis realizó sobre la vulnerabilidad hídrica de nuestra provincia ante escenarios de retroceso glaciar?

5.2. ¿Puede detallar si la flexibilización normativa podría afectar la disponibilidad de agua para consumo humano, riego o actividades productivas?

5.3. ¿Qué medidas de adaptación al cambio climático se evaluaron en relación con la protección de glaciares?

6. Sobre reuniones, lobby y potenciales conflictos de interés

6.1. ¿Recibió reuniones, comunicaciones o presentaciones de empresas

mineras, petroleras, cámaras empresarias u otros actores con intereses

económicos en zonas glaciares? En caso afirmativo, ¿puede detallar fechas,

participantes y temas tratados?

6.2. ¿Recibió borradores, propuestas o documentos técnicos elaborados por  

actores privados vinculados al sector extractivo?

7. Sobre estándares internacionales y compromisos climáticos

7.1. ¿Qué análisis comparado realizó respecto de legislaciones de protección

de glaciares en otros países andinos?

7.2. ¿Cómo se compatibiliza la modificación propuesta con los compromisos

climáticos asumidos por Argentina en el marco del Acuerdo de París y las NDC?

Solicitud final

En virtud de lo establecido por la Ley 25.831 y el Acuerdo de Escazú, solicito que:

·         La información sea remitida por escrito,

·         Dentro de los plazos legales vigentes,

·         En formato digital accesible,

DDIPUTADOS NACIONALES POR MENDOZA


ARRIETA LOURDES MICAELA  
Provincias Unidas ( Libertaria)

      AVEIRO MARTÍN
                                        Unión por la Patria


CORREA LLANOS FACUNDO Libertad Avanza    
     LLANOS MERCEDES
       Libertad Avanza 
                                                 
                      VERASAY PAMELA                   MARTINEZ ÁLVARO 
                                     UCR                                          Libertad Avanza       
 
NIERI LISANDRO     UCR         
                                                                     FELIX EMIR Unión por la Patria 

 
METRAL ASUNCIÓN Libertad Avanza
  
              

                                                                        PETRI LUIS 
                                                                    Libertad Avanza


DEBERES DE LOS DIPUTADOS NACIONALES




          







Comentarios

Entradas más populares de este blog

CARTA de Deborah Misistrano. A la ministra de ambiente y energía y al gobernador

Oposición al Proyecto San Jorge PSJ Cobre Mendocino de Marcelo Giraud Profesor y Licenciado en Geografía