SÍ AL AGUA, SI A LA VIDA, NO AL LITIO

 





𝗦𝗜 𝗔𝗟 𝗔𝗚𝗨𝗔, 𝗦𝗜 𝗔 𝗟𝗔 𝗩𝗜𝗗𝗔, 𝗡𝗢 𝗔𝗟 𝗟𝗜𝗧𝗜𝗢
El día de hoy se hicieron presentes en el Tribunal en lo Contencioso Administrativo de la provincia de Jujuy las comunidades indígenas de la Cuenca de Salinas Grandes y Laguna de Guayatayoc. En este, las comunidades plantearon su negativa al avance de la explotación de las 11 mil hectáreas que se encuentran en los territorios de estas comunidades que habitan ancestralmente. Bajo las consignas de Si a la Vida, Si al agua, No al Litio, hicieron su descargo en esta audiencia, en la cual estuvieron presentes los representantes del estado provincial y de la empresa JEMSE. 
Las comunidades indígenas pudieron acceder al pliego presentado por la empresa JEMSE y en esta podrán conocer los alcances que tiene el proyecto de explotación de litio. En tal sentido las comunidades podrán realizar los estudios necesarios y en un plazo de 48 horas presentar su descargo.
 Las comunidades indígenas argumentan que la provincia no respeta los derechos como el derecho a la consulta previa, libre e informada y demás derechos que protegen a los pueblos indígenas. Hace más de 12 años, vienen realizando protestas en contra del saqueo de los recursos naturales de los territorios. La explotación del Litio conlleva la implementación de grandes volúmenes de agua, además de generar la destrucción de la biodiversidad y el desarraigo de los miembros de las comunidades de sus territorios.















Sabado 18 demarzo de 2023 , el gobernador de Jujuy


Buenos dias a hnos y hnas de Salinas Grandes y Guayatayoc

En un contexto de empresas extractivistas interesadas en ingresar al territorio de Salinas Grandes , hoy Sabado 18 demarzo de 2023 , el gobernador de Jujuy se presentara a horas 10 en El Moreno , a un acto organizado desde la Comision Municipal y donde fueron invitados las Comunidades Indigenas , desconociendose si solo ingresaran los dirigentes de las Comunidades o tambien los ciudadanos miembros de las comunidades indigenas.

Esta a prueba la voluntad y practica democratica del hoy gobernador y candidato a futuro presidente de los argentinos. Se vera hoy si es un gobernante que cumple con lo que dice la Constitucion o no la cumple. En Jujuy las leyes provinciales 5915 , 6066 , el Decreto 6802_2022 y otros son un ejemplo del incumplimiento de los derechos indígenas por parte del actual gobierno de Jujuy.

Tambien esta a prueba el ejercicio de los derechos como ciudadanos argentinos por parte de los habitantes de Salinas Grandes y G.  La constitución y  leyes que amparan los derechos indígenas están vigentes , el gobierno provincial ya ha mostrado sus incumplimientos , queda para los habitantes de Salinas Grandes la opción de luchar y exigir los derechos indígenas ya vigentes en el estado argentino.

En el 2016 los referentes de las comunidades indígenas de Salinas Grandes y Guayatayoc entregaron en propias manos al gobernador de Jujuy el KACHI YUPI (protocolo de la Consulta INdigena redactado por las comunidades indígenas de Salinas Grandes y G.)

La Consulta Indigena del C169 , en atención al concepto de BUENA FE , no se puede realizar en un solo dia , implica un dialogo de varias jornadas tal que permita a las comunidades Indigenas acceder y conocer las actividades que las empresas quieren desarrollar en el territorio indígena.

CONTEXTO HOY 

>    En el Boletin Oficial 124 (04-11-22) se publica el Decreto 6802 por el cual el gobierno de Jujuy declara _de Interés Público y sujeto al régimen de Iniciativa Privada el proyecto denominado "Exploración y Explotación de Recursos de Litio en la cuenca de Salinas Grandes y Laguna de Guayatayoc_

>  >  Posteriormente en el Boletin Oficial 127 del 11/11/22 , JEMSE publica la LICITACION *Exploración y Factibilización de Proyecto de Recursos de Litio en la Cuenca de Salinas Grandes y Laguna de Guayatayoc en la Provincia de Jujuy*

>  >  >   El Art. 6 de la Ley Nacional 24071 y el *Convenio 169 OIT* expresa :

_1. Al aplicar las disposiciones del presente Convenio, los gobiernos *deberán* :
a)  *consultar*  a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean *medidas legislativas o administrativas* susceptibles de *afectarles*  directamente;
b)  establecer los medios a través de los cuales los pueblos interesados *puedan participar libremente* , por lo menos en la misma medida que otros sectores de la población y a todos los niveles en la adopción de decisiones en instituciones electivas y organismos administrativos y de otra índole responsables de políticas y programas que les conciernan;
c)  establecer los medios para el pleno desarrollo de las instituciones e iniciativas de esos pueblos, y en los casos apropiados proporcionar los recursos necesarios para este fin.
2. Las *consultas llevadas a cabo* en aplicación de este Convenio *deberán efectuarse de buena fe y de una manera apropiada a las circunstancias*, con la finalidad de llegar a un *acuerdo* o lograr *el consentimiento* acerca de las medidas propuestas_.

INTERPRETACION

Tanto el Decreto 6802 y la Licitacion Publica , ambas publicadas en el Boletin Oficial de Jujuy , son medidas administrativas que AFECTAN a las comunidades indígenas de Salinas Grandes y Guayatayoc.

Como lo expresa el marco legal , el gobierno de Jujuy DEBERIA haber realizado la CONSULTA Indigena C169 , PREVIO a aprobar, firmar y publicar el Decreto6802 y la Licitacion publica de las Salinas Grandes.

CONCLUSION

En un país donde tenga vigencia el estado de derecho , las comunidades indígenas tienen el derecho de :
A.-  Rechazar los actos del gobierno de Jujuy autorizando a ingresar a las empresas mineras en razon de no haber cumplir la consulta indígena del C169
B.-  Solicitar y exigir el cumplimiento de la Consulta Indigena del C169 , en este caso el Kachi Yupi redactado por las mismas comunidades indígenas de ese Humedal Andino .-

JALLALLA LA CONSTITUCION NACIONAL ARGENTINA !  !   !



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